Registro Civil Consular
Permite a los chilenos que viven o transitan en el exterior y a sus familiares directos realizar trámites para obtener documentación chilena.
Dichos trámites se realizan en el consulado de Chile respectivo. Para una mayor información, acceder al siguiente enlace.
¿Qué debo hacer para obtener cédula de identidad desde otro país?
Tomar contacto con el consulado de Chile más cercano al lugar de residencia en el exterior e informarse sobre los canales de atención y si es necesario una cita de atención. Para obtener mayor información, acceder al siguiente enlace.
¿Qué debo hacer para renovar la cédula de identidad chilena desde otro país?
Contactarse con el consulado de Chile respectivo y solicitar turno de atención. Asimismo, acreditar la nacionalidad chilena a través de la cédula de identidad anterior o certificado de nacimiento. Para más detalles, acceder al siguiente enlace.
¿Cómo puedo bloquear la Cédula de Identidad por extravío o hurto desde otro país?
Dirigirse al consulado de Chile más cercano al lugar de residencia o estadía, explicando el motivo de visita, para bloquear la cédula de identidad. (Se exceptúan consulados a honorarios). Para obtener más información, acceder a el siguiente enlace.
¿Cómo obtener pasaporte desde otro país?
Para obtener su pasaporte desde otro país, se debe acercar al consulado de Chile más cercano y, si es el caso, reservar una hora de atención. Para obtener el pasaporte regular es necesario contar con su cédula de identidad vigente y si no estuviera vigente, se podrá solicitar ambos documentos. Para más detalles, acceder en el siguiente enlace.
¿Qué debo hacer para bloquear un pasaporte en caso de extravío o hurto desde otro país?
Es necesario dirigirse al consulado de Chile más cercano al lugar de residencia o estadía en el exterior (se exceptúan los consulados a honorarios). Para obtener más información, acceder al siguiente enlace.
¿Cómo obtener pasaporte de emergencia desde otro país?
Este trámite se puede realizar en los consulados de Chile en el mundo, para lo cual se debe comunicar previamente con la oficina respectiva. Permite a ciudadanos chilenos que se encuentran fuera de Chile, en calidad de turista y que hayan extraviado su pasaporte o hayan sido víctima de robo, obtener un documento para continuar su viaje en los países en que sea aceptada su utilización. También se otorga a los chilenos residentes en el exterior, cuyo pasaporte esté vencido o próximo a vencer y requiera dicho documento ante una situación de emergencia, previa solicitud de pasaporte ordinario. Este quedará inhabilitado una vez que el usuario ingrese a Chile. Para obtener más información, acceder al siguiente enlace.
¿Para obtención de salvoconducto desde otro país?
Tomar contacto con el consulado de Chile respectivo para agendar una cita para la solicitud de un salvoconducto, que permite a los chilenos que se encuentren en el extranjero y no cuenten con documentos de identidad vigentes obtener un documento de emergencia que les permitirá viajar hacia Chile. Si el vuelo es con escalas, se debe indicar las ciudades donde se realizarán. El documento tiene una vigencia de 10 días corridos desde la fecha de emisión. El salvoconducto será retenido por Policía Internacional al momento de ingresar al país.
En casos calificados y de justificada excepción, el Ministerio podrá autorizar a los funcionarios consulares a otorgar salvoconductos a un extranjero para el solo efecto de ingresar a Chile. Este documento de viaje no sustituye a una autorización previa o visa, o a un permiso de residencia. Más información en el siguiente enlace.
¿Solicitud de nacionalidad para hijos de chilenos nacidos en el extranjero?
Se puede realizar la solicitud en cualquier Consulado de Chile en el exterior y en Chile en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. Más información en el siguiente enlace.
¿Cómo puedo renunciar a la nacionalidad chilena desde otro país?
Para renunciar a la nacionalidad chilena, se debe dirigir al consulado de Chile más cercano a su lugar de residencia en el exterior, con los siguientes documentos:
- Solicitud de renuncia a la nacionalidad (Visado por el cónsul).
- Certificado de nacimiento del interesado.
- Carta de naturalización (legalizada y traducida). En caso de no tenerla, adjuntar certificado consular de naturalización (deber ser legalizada si es certificado consular).
- Copia documento chileno (cédula de identidad o pasaporte).
- Copia documento extranjero (puede ser licencia de conducir).
Para obtener más información, acceder al siguiente enlace.
¿Cómo recuperar la nacionalidad chilena desde otro país?
Todos los nacionales que renunciaron antes del año 2005, pueden recuperar su nacionalidad chilena. Para ello, se deben dirigir al consulado de Chile más cercano al lugar de residencia en el exterior, con los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento, que debe tener anotación de la renuncia con la respectiva fecha.
- Solicitud de eliminación de pérdida de nacionalidad chilena (legalizada).
- Documento de identidad vigente del país donde reside.
- Carta de Naturalización o certificado consular de naturalización (certificado consular debe ser legalizado).
- Documento de identidad chileno (optativo, no es necesario).
Más información en el siguiente enlace.
En caso de que la renuncia a la nacionalidad chilena se haya efectuado después de la entrada en vigencia de la ley 20.050, esta solo podrá ser rehabilitada por ley.
¿Cómo obtener certificados civiles chilenos desde el exterior?
El Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile posee documentos en su sitio web. Los certificados de nacimiento, matrimonio, defunción, acuerdo de unión civil, antecedentes y hoja de vida del conductor se pueden solicitar, igualmente, en los consulados de Chile en el exterior. También se pueden obtener directamente desde la página web del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. También se pueden solicitar en los consulados de Chile en el exterior en el siguiente enlace.
¿Cómo realizar una inscripción consular de nacimiento desde el exterior para menores de edad?
Se puede obtener información en el siguiente enlace.
Para efectuar esta inscripción, se debe acompañar los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento original del menor emitido por la autoridad competente del país, debidamente apostillado o legalizado por el cónsul chileno (si el país no pertenece a la Convención de la Haya).
- Certificado de nacimiento del padre o madre chileno (nacido en Chile). Si el padre o madre no es nacido en Chile, además debe adjuntar el certificado de nacimiento, cedula de identidad y certificado de defunción chileno (si se encuentra fallecido), del abuelo/a nacido en Chile.
- Certificado de matrimonio o acuerdo de unión civil de los padres del inscrito si es que corresponde.
- Cédula de identidad vigente y extranjera de padre o madre chileno.
- Pasaporte o DNI del padre o madre extranjero.
- Las inscripciones de menores de seis años hacia arriba deben adjuntar formulario decadactilar.
- Formulario C9 en todas las inscripciones de menores de edad (cero a diecisiete años once meses) que sea el primer hijo en común inscrito en Chile de una pareja.
¿Cómo realizar una inscripción consular de nacimiento desde el exterior para mayores de edad?
Se puede obtener información en el siguiente enlace.
Para efectuar esta inscripción, se debe acompañar los siguientes documentos:
- Certificado original de nacimiento emitido por la autoridad competente del país, debidamente apostillado o legalizado por el cónsul chileno (si el país no pertenece a la Convención de la Haya).
- Certificado de nacimiento del padre o madre chileno (nacido en Chile). Si el padre o madre no es nacido en Chile, además debe adjuntar el certificado de nacimiento, cédula de identidad y certificado de defunción chileno (si se encuentra fallecido) del abuelo/a nacido en Chile.
- Certificado de matrimonio o unión civil de los padres del inscrito, si es que corresponde.
- Cédula de identidad chilena vigente y extranjera (si vive en el extranjero) del padre o madre chileno.
- Pasaporte o DNI del padre o madre extranjero.
- Certificado de defunción del padre o madre chileno si estuvieran fallecidos.
- Formulario de decadactilar con fotografía del inscrito.
- Declaración jurada del padre o madre chileno con documento de identidad chilena vigente. En caso de fallecimiento de estos en el extranjero, debe inscribir la defunción en Chile y adjuntar declaración jurada de familiar directo mayor de edad nacido en Chile, con documento de identidad chileno vigente y certificado de nacimiento para acreditar vínculo sanguíneo con el inscrito. En caso de que el solicitante exprese que no posee familiares chilenos, debe aportar la mayor cantidad de documentos de quien le brinda el vínculo con Chile, como, por ejemplo, copia de cedulas de identidad chilena y extranjera, certificado de matrimonio, certificado de defunción; y declaración jurada del solicitante donde indique que no tiene familiares nacidos en Chile, el SRCeI revisará la inscripción y la aceptará o la devolverá.
- Si en algún momento el inscrito tuvo una visa como extranjero en nuestro país, deberá adjuntar copia de cédula de identidad chilena para extranjero o en su defecto, informar el número de Run que le fue asignado.
¿Cómo realizar una inscripción consular de matrimonio desde el exterior?
Se puede obtener información en el siguiente enlace.
Para efectuar esta inscripción, se debe acompañar los siguientes documentos:
- Certificado de matrimonio emitido por la autoridad competente del país, apostillado o legalizado por el cónsul chileno (si el país no pertenece a la Convención de la Haya).
- Cédula de identidad vigente del/la cónyuge chileno.
- Pasaporte o DNI vigente del/la cónyuge extranjero.
- La inscripción debe ser solicitada por ambos cónyuges para optar a régimen patrimonial. Si esta inscripción es solicitada solo por el cónyuge chileno, se registrará como separación de bienes; y si uno de los cónyuges está fallecido, se debe registrar sin régimen.
¿Cómo realizar una inscripción de Acuerdo de Unión Civil desde el exterior?
Para efectuar esta inscripción, se debe acompañar los siguientes documentos:
- Certificado original de la unión estable de hecho emitido por la autoridad competente del país, apostillado o legalizado por el cónsul chileno (si el país no pertenece a la Convención de la Haya).
- Cédula de identidad vigente, pasaporte o DNI vigente de ambos interesados.
- Uno o ambos contrayentes deben ser de nacionalidad chilena.
La inscripción debe ser solicitada por ambos interesados para optar a régimen patrimonial. Si esta inscripción es solicitada y firmada solo por el contrayente chileno, se registra sin régimen patrimonial.
¿Cómo realizar una inscripción de defunción desde el exterior?
Se puede obtener información en el siguiente enlace.
Para efectuar esta inscripción, se debe acompañar los siguientes documentos:
- Certificado de defunción emitido por la autoridad competente del país, apostillado o legalizado por el cónsul chileno (si el país no pertenece a la Convención de la Haya).
- Certificado de nacimiento o acta literal chilena del fallecido (obligatorio).
- Certificado de matrimonio (si correspondiera).
- Copia de cédula vigente o DNI extranjero del solicitante.
- La inscripción la puede solicitar un familiar o un tercero presentando su cédula de identidad si es chileno o su DNI si es extranjero.