Traducciones

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El Ministerio de Relaciones Exteriores presta el servicio de traducción de documentos para trámites en instituciones nacionales o extranjeras. Para una mayor información, acceder al siguiente enlace.

¿Es obligatorio realizar el trámite de traducción en el Ministerio de Relaciones Exteriores?

No, el servicio es facultativo. No obstante, la entidad que solicita la traducción es la que determina la obligatoriedad de realizar o no la traducción en este Ministerio.

En importante señalar que está prohibido adulterar o falsificar de manera parcial o total el documento original o su traducción (física o digital). Ello es un delito penado por ley.

¿Cómo se solicita el trámite de traducción?

  • Atención presencial, en calle Agustinas N° 1320, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 hrs. comuna y ciudad de Santiago.
  • Atención en línea, en el siguiente enlace

¿Qué se necesita para solicitar el trámite?

  • Presentar o subir a la plataforma el documento original debidamente legalizado o apostillado (según el país de destino). De lo contrario, se realizará la traducción bajo responsabilidad del solicitante.
  • Solicitar la cotización de la traducción.
  • Pagar el costo correspondiente.

¿Cuál es el horario de atención presencial?

Lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.

  • Para el ingreso de documentos para traducción, se entregan 45 números diarios. El último número, si aún hay disponibilidad, se entrega a las 13:00 horas.
  • Para el retiro de documentos traducidos, no se establece una cantidad máxima de números diarios. No obstante, el último número se entrega a las 13:00 horas.
  • Para retirar la traducción, se requiere el comprobante de retiro y, si retira un tercero, debe presentar poder simple emitido por el solicitante.

¿Cuál es el horario de funcionamiento de la plataforma en línea?

Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas, excepto feriados (hora chilena).

  • Cada persona podrá ingresar 2 solicitudes diarias y en cada solicitud podrá subir 5 archivos como máximo.

¿Puedo solicitar la traducción en línea de otra persona?

Sí. Lo importante es que el dueño de la cuenta indique el nombre del titular del documento cuando haga la solicitud, de manera que la apostilla de la traducción se genere correctamente.

¿La traducción solicitada en línea se retira de manera presencial?

No. Si la solicitud fue realizada en línea, la traducción se envía a través de la misma plataforma.

¿Se traducen documentos judiciales en el Ministerio de Relaciones Exteriores?

No. El Ministerio de Relaciones Exteriores no efectúa la traducción de documentos para actuaciones judiciales distintas a las referidas en el artículo 437 del Código Procesal Penal (extradiciones activas).

¿Qué idiomas traduce el Ministerio de Relaciones Exteriores?

  • Inglés-Español / Español-Inglés
  • Francés-Español / Español-Francés
  • Alemán-Español / Español-Alemán
  • Portugués-Español / Español-Portugués
  • Italiano-Español / Español-Italiano

¿Cuáles son los plazos y costos del servicio de traducción?

El plazo y el costo de una traducción varían según la extensión y el tipo de documento. Por esta razón, la cotización (ya sea presencial o en línea) se realiza exclusivamente con el documento a la vista.

El valor se calcula sobre la cantidad de páginas traducidas (resultantes) en el formato establecido y se cuenta con tres plazos de traducción: normal, urgente (con un 100% de recargo) y extra urgente (con un 150% de recargo).

¿Cuáles son las formas de pago?

  • Atención presencial: se puede pagar en efectivo o con tarjetas bancarias.
  • Atención en línea: se paga mediante un botón de pago con tarjetas bancarias o con código QR.

Al momento de ingresar el documento (presencial o en línea) se paga un abono equivalente al 50% del total estimativo y el saldo se paga una vez finalizada la traducción. El monto definitivo solo se puede determinar una vez traducido el documento, por lo que el saldo podría ser mayor o menor al monto del abono.

¿Cómo puedo saber cuando está lista una traducción?

  • Atención presencial: la fecha exacta de entrega de la traducción se informa verbalmente y también se encuentra indicada en el comprobante de retiro.
  • Atención en línea: el plazo en días hábiles informado en la cotización empieza a contar el día en que se paga el abono de la traducción (días hábiles: lunes a viernes, excepto feriados).

¿La traducción en línea también se apostilla o legaliza? 

Sí, la traducción se legaliza o apostilla (según el país de destino) de la siguiente manera:

  • Traducción presencial: si la traducción va a ser presentada en un país miembro del Convenio de La Haya, el usuario deberá solicitar la apostilla en el Departamento de Análisis y Validación de Documentos de este Ministerio. Si la traducción va a ser presentada en un país que no es miembro del Convenio de La Haya, el usuario deberá solicitar la legalización en el Departamento de Análisis y Validación de Documentos de este Ministerio.
  • Traducción en línea: Si la traducción va a ser presentada en un país miembro del Convenio de La Haya, esta se envía apostillada a través de la plataforma (según los datos aportados por el usuario). Si la traducción va a ser presentada en un país que no es miembro del Convenio de La Haya, el usuario deberá solicitar la legalización en el Departamento de Análisis y Validación de Documentos de este Ministerio.

¿Qué puedo hacer si no se cumplen los tiempos comprometidos?

Puede comunicarse directamente con el grupo de trabajo de traducciones al 228274546 para solucionar su caso o ingresar un requerimiento en el Sistema de Atención Ciudadana del Ministerio.

¿Cómo me puedo comunicar directamente con traducciones en caso de dudas?

Toda la información relativa a Traducciones se encuentra contenida en la página web indicada al inicio. Para casos especiales, puede llamar al teléfono 228274546, o bien, escribir al correo electrónico [email protected].

¿Cuál es el marco legal de las traducciones? 

  • El Decreto Supremo Nº 64, del año 2003, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija los valores de las traducciones.
  • La Resolución Exenta N° 2254, del año 2010, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece que no efectuará la traducción de documentos para actuaciones judiciales distintas a las referidas en el artículo 437 del Código Procesal Penal.