Autorización a menores para viajar

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Legalización de autorizaciones de viajes, emitido por uno o ambos padres, para que los hijos menores de 18 años puedan viajar al extranjero.

¿En qué consiste?

Consiste en obtener la legalización de un documento “autorización de viaje”, dada por uno o ambos padres, que permite viajar fuera del país a un menor de 18 años.

Requisitos

Legalizar el documento ante Notario Público.

¿A quién está dirigido?

Menores de 18 años que deseen viajar fuera del país, solos o acompañados por uno de sus padres.

Documentos requeridos

La autorización notarial correspondiente debidamente legalizada.

Producto

Legalizar documento que autoriza la salida fuera de Chile a un menor de edad.

Observaciones

  • Si el padre o madre no tiene donde ubicar al cónyuge debe solicitar la autorización en el Juzgado de Menores, legalizar en la Corte Suprema (Compañía 1140, Santiago), en Ministerio de Justicia (Moneda 1155, Santiago) y finalmente, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Agustinas 1320, Santiago)
  • A contar del 1° de febrero del 2008, no es necesario legalizar ante este Ministerio las autorizaciones notariales de viaje para menores que salgan del país sin sus padres o tutor legal, excepto si el menor se va a radicar en el extranjero.

Se recomienda consultar a los respectivos consulados extranjeros, previo al viaje del menor, las exigencias e información de interés del país que se va a visitar.

 

Importante: En los casos de las autorizaciones de viaje a menores otorgadas o legalizadas ante los Consulados de Chile, sigue vigente la obligación de su legalización ante este Ministerio, Agustinas 1320, Santiago.