Recuperación de la nacionalidad chilena

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    Conforme a las disposiciones legales vigentes, la nacionalidad chilena se puede recuperar en cualquier momento. Dicho trámite es también sin costo y se puede realizar en cualquier oficina del Servicio de Registro Civil o en los Consulados de Chile en el exterior. El trámite es gratuito y consta en la eliminación de la anotación de renuncia en el certificado de nacimiento del interesado. 

    De conformidad con la Ley N° 20.050, publicada en el Diario Oficial el 26 de agosto de 2005, el artículo N° 11 N° 1 de la Constitución Política de la República fue modificado respecto de las causas de pérdida de la nacionalidad chilena.

    La nacionalidad chilena se pierde (artículo N° 11 N° 1):

    1. Por renuncia voluntaria, siempre y cuando se haya adquirido previamente una nacionalidad extranjera. Si Ud. se encuentra en el extranjero, debe efectuarse ante el Consulado de Chile correspondiente a su jurisdicción (con cita previa). NO SE PODRÁ RECUPERAR LA NACIONALIDAD si el solicitante perdió la nacionalidad bajo este punto, solo podrá ser rehabilitados por ley.
    2. Por decreto supremo, en caso que el chileno presta servicios durante una guerra exterior a enemigos de Chile o de sus aliados.
    3. Por cancelación de la carta de nacionalización.
    4. Por ley que revoque la nacionalidad concedida por gracia.

    Los menores de edad no pueden renunciar a la nacionalidad chilena, dado que no tienen capacidad jurídica para hacer efectiva la renuncia, ni tampoco sus padres o representante legal pueden hacerlo en su representación.

    NO SE PODRÁ RECUPERAR LA NACIONALIDAD si el solicitante perdió la nacionalidad bajo el artículo N° 11 N° 1, es decir, en los puntos ARRIBA MENCIONADOS, en ese caso sólo podrá ser rehabilitados por ley.


    PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA REVOCACIÓN A LA RENUNCIA DE LA NACIONALIDAD CHILENA:

    1. Debe solicitar cita online en la página web, https://tramites.minrel.gov.cl/agenda/ usted debe adjuntar escaneada (pdf, no zip) la información que se le solicita más abajo, si adjunta lo solicitado el consulado le confirmará la cita:
    • Certificado/Carta de la nacionalización neerlandesa del solicitante, si no la tiene, acá en el consulado debe firmar una Certificado Consular De Nacionalización Extranjera, sin costo.
    • Certificado de nacimiento chileno si es que tiene.
    • Algún documento de identidad chileno antiguo, si es que tiente.
    • Pasaporte neerlandés.
    1. El trámite depende directamente del Registro Civil y puede demorar hasta 1 año en que le otorguen nuevamente la nacionalidad.