Revisa la información sobre el Plebiscito Constitucional
Conoce las características de voto chileno en el exterior para el Plebiscito Constitucional del domingo 4 de septiembre 2022, información publicada por el Servicio Electoral de Chile.
¿Quiénes pueden votar?
Los electores que residan fuera de Chile y estén habilitados para votar, podrán ejercer su derecho a sufragio en el Plebiscito Constitucional del domingo 4 de septiembre de 2022.
¿Qué se vota?
Este 4 de septiembre se realizará el Plebiscito Constitucional en el que el electorado podrá elegir si aprueba o rechaza el texto propuesto por la Convención Constitucional.
En el Plebiscito Constitucional, electoras y electores dispondrán de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta: ¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional? Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión «Apruebo» y la segunda, la palabra «Rechazo», a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.
¿Cómo se vota?
El voto es secreto, por lo que debes acercarte sin acompañante a la cámara secreta. El domingo 4 de septiembre recibirás una cédula electoral y en ella debes marcar una sola preferencia. Si marcas dos, tu voto será declarado nulo. Dobla tu voto antes de salir de la cámara secreta y séllalo con el adhesivo del Servicio Electoral.
¿El ejercicio del derecho a sufragio será voluntario u obligatorio en el Plebiscito?
El artículo 142 de la Constitución Política señala que el sufragio en el Plebiscito Constitucional es obligatorio para los electores que tengan el domicilio electoral en Chile; para los electores con domicilio electoral en el extranjero el sufragio es voluntario.
¿En qué local de votación y Mesa Receptora de Sufragios me corresponde votar?
El sábado 13 de agosto de 2022, los electores habilitados para sufragar podrán conocer la mesa receptora en que les corresponda votar y el local de votación en que funcionará, en la página web del Servicio Electoral https://consulta.servel.cl
¿Con qué documento de identidad debo votar?
Sólo se puede votar con la cédula de identidad o pasaporte, los que pueden estar vencidos desde el 1 de octubre de 2019.
¿Qué hago si perdí mi cédula de identidad?
No podrá sufragar, a menos que tenga pasaporte.
¿Puedo votar con el comprobante de la cédula de identidad en trámite?
No. Los únicos documentos que acreditan la identidad del elector son la cédula de identidad y el pasaporte.
¿Puedo votar con mi cédula de identidad vencida?
Si. Para poder sufragar en el Plebiscito Constitucional y, para el solo efecto de identificar al elector, se aceptarán cédulas de identidad o pasaporte que se encuentren vencidos a contar del 1° de octubre de 2019.
¿Cuál es el horario para votar?
Todas las Mesas Receptoras de Sufragios, funcionarán desde las 08:00 hasta las 18:00 horas. Ello, sin perjuicio, de que este horario podrá modificarse en cumplimiento de las normas sanitarias dispuestas por las autoridades locales; por ausencia de vocales que deben ser reemplazados; o si a las 18:00 horas existieren filas con electores al exterior de los locales de votación esperando sufragar (debe permitirse su ingreso para efectos de que todos ellos puedan sufragar).
Recuerda llevar lápiz pasta de color azul para firmar el padrón de mesa y para marcar su preferencia en la cédula electoral. Siempre considere respetar las medidas sanitarias de la autoridad local.
Vocales de mesa en el exterior
A diferencia del territorio nacional, las mesas receptoras de sufragios en el exterior se compondrán de tres vocales elegidos entre los inscritos en el respectivo padrón de mesa. Los vocales son designados por las Juntas Electorales y deben ejercer dicha función durante cuatro años, actuando en todos los actos eleccionarios o plebiscitarios que se verifiquen, hasta antes de la próxima elección ordinaria para la cual fueron designados.
El Servicio Electoral publicará el 13 de agosto de 2022, en www.servel.cl la nómina de los vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios.
El período de excusas para vocales designados ante Juntas Electorales será del 16 al 18 de agosto. Más información AQUÍ
20 de agosto : Publican nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores.
¿Qué deben hacer los ciudadanos chilenos residentes en el exterior con domicilio electoral en Chile?
Debido a que el sufragio es obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile, la Ley dispone multas para quienes no hayan sufragado. Lo anterior, previa denuncia del Servicio Electoral al Juzgado de Policía Local que corresponda.
La denuncia por parte del SERVEL, la notificación por parte de los Juzgados de Policía Local al ciudadano y la presentación de las excusas por parte de electores, serán POSTERIORES al Plebiscito Constitucional del 4 de septiembre de 2022.
El día del Plebiscito Constitucional, los Consulados estarán absolutamente abocados a la implementación y desarrollo del acto eleccionario y no estarán habilitados para conocer excusas por no sufragar en Chile.
Más información en https://plebiscitoconstitucional.servel.cl/votoexterior/