Ingreso y salida de menores del país

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Ingreso turista

Ingreso de un menor de 18 años turista

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  • Debe ingresar al país con autorización escrita de su padre, madre, guardador o del tribunal si no viaja en compañía de algunas de esas personas. Dicha autorización debe encontrarse debidamente legalizada.
  • Si el menor de 18 años ingresa a Chile con la autorización correspondiente, se entiende de pleno derecho facultado para abandonar el país de la misma forma.

Documentación para ingresar

Documentación que deben portar los menores para ingresar a ChileSi el menor ingresa a nuestro país acompañado de sólo uno de sus padres:

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  • Pasaporte o Cédula de Identidad vigente.
  • Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia.
  • Certificado de Defunción, en caso de estar fallecido uno de los padres, adjuntando tres fotocopias simples.
  • Autorización notarial del padre que no viaje, entregando su consentimiento para la salida del menor, o la autorización del Tribunal de Familia competente, en original y tres fotocopias simples en cualquiera de los dos casos.

Si el menor no viaja acompañado de sus padres:

  • Pasaporte o Cédula de Identidad vigente según sea el país de destino.
  • Certificado de Nacimiento o Libreta de familia, adjuntando tres fotocopias simples.
  • Certificado de Defunción, en caso de estar fallecidos ambos padres, adjuntando tres fotocopias simples.
  • Autorización notarial de ambos padres, entregando su consentimiento para la salida del menor, en original más tres fotocopias simples.
  • Autorización del Tribunal de Familia que corresponda, entregando el consentimiento para el viaje del menor, en original y tres fotocopias simples.

Salida chilenos o extranjeros

Salida menores de 18 años, chilenos o extranjeros con residencia en Chile

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  • Si la tuición del menor no ha sido confiada por el juez a alguno de sus padres ni a un tercero, el menor no podrá salir sin la autorización de ambos padres, o de aquel que lo hubiere reconocido, en su caso.
  • Si el juez confió la tuición a uno de los padres o a un tercero, el hijo no puede salir del país sino con la autorización del padre, madre o tercero a quien se le hubiera otorgado la tuición.
  • Si se ha confiado el cuidado personal del hijo al padre o la madre, el menor no podrá salir del país sino con la autorización del padre o madre que lo tenga a su cuidado.

Cómo se otorgan las autorizaciones

Las autorizaciones, todas las cuales deben constar en original, se otorgan de la siguiente manera:

  • Por escritura pública o por escritura privada. Dichos instrumentos pueden ser otorgados ante notario local, visado por la autoridad que establezca la legislación interna, legalizada por el Consulado chileno correspondiente y posteriormente por esta Secretaría de Estado.
  • Por escritura pública o por escritura privada otorgada en el Consulado de Chile y luego legalizada en esta Secretaría de Estado. En todos los casos, la autorización debe presentarse en idioma español o debidamente traducido.