Salvoconducto

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¿En qué consiste?

Los funcionarios consulares que realicen actuaciones consulares podrán otorgar un salvoconducto para viajar exclusivamente a Chile en vuelo directo, sin consulta previa al Ministerio, a los connacionales que se encuentren sin documentos de viajes por extravío, destrucción, inutilización o sustracción de los mismos o cuando su cédula de identidad esté caducada y su vigencia sea exigida por los países en tránsito.

¿Dónde se realiza?

Consulado de Chile en el exterior que corresponda.

¿A quién está dirigido?

A los connacionales en el exterior que han perdido sus documentos de identidad.

Requisitos

  • También podrá otorgarse dicho documento en los mismo términos del número anterior, en los siguientes casos:
  • Si el chileno se encuentra registrado en el Consulado, con una matrícula consular o tarjeta índice.
  • Si dispone de un certificado de nacimiento.
  • En caso de personas que puedan probar su condición de turistas y que habiendo salido recientemente de Chile, hayan perdido o sufrido la sustracción de sus documentos de viaje.
  • Presentación de una declaración policial por perdida de documentos.
  • Cuando la policía local solicite el Salvoconducto.
  • En caso de indigencia.
  • En casos calificados y de justificada excepción se podrá otorgar salvoconducto a un extranjero para el solo efecto de ingresar a Chile.

Producto

Documento de viaje para ingresar al territorio nacional.

Costo

Consultar en costo del trámite en el Consulado.

Observaciones

  • Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales. La duración del documento de viaje es de 10 días y solo es para ingresar a Chile.