Inscripciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción

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Las Inscripciones Consulares se realizan en persona en el Consulado General de Chile en San Francisco. Una vez que usted nos envíe la documentación necesaria a [email protected], le daremos una cita.

INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO

Este procedimiento corresponde a la inscripción del nacimiento de un menor ocurrido en el extranjero cuando uno o ambos padres/abuelos son chilenos (nacidos en territorio nacional). Posteriormente este nacimiento se registra en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile de acuerdo a la ley N°20.050 de 2005.

 1. Enviar por email a [email protected] los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento apostillado con traducción no oficial al idioma español.
  • Certificado de nacimiento de los o el/la padres chilenos o abuelos chilenos.
  • Cédula de identidad o pasaporte de los o el/los padres chilenos, escaneada por ambos lados.
  • Si un padre es extranjero, fotocopia de su pasaporte en colores o certificado de nacimiento.
  • Libreta de Matrimonio o Certificado de Matrimonio (solo si lo hubiere).
  • Si la persona a inscribir es mayor de 18 años, su pasaporte extranjero con vigencia de al menos 1 año.
  • El formulario completado con los datos de la persona que solicita la inscripción.

2. Una vez recibida conforme la documentación, se le dará una cita para venir al consulado a firmar la inscripción. Ese día debe traer todos los documentos en original y una copia. Los documentos originales serán devueltos a excepción del Certificado de Nacimiento apostillado que será enviado a Chile para terminar el proceso de inscripción.

  • Mayores de 18 años deben firmar una declaración jurada proporcionada por el Consulado al momento de la inscripción
  • Mayores de 6 años deben venir al Consulado, para la toma de huellas dactilares.
  • Si se trata de la inscripción de un menor de 18 años, esta inscripción deberá ser firmada personalmente por el padre o la madre de nacionalidad chilena; si es mayor de edad debe firmar el propio interesado.

El costo de la inscripción es de US $5,00. – (cinco dólares) que se paga con tarjeta de crédito o débito VISA, MASTERCARD o DISCOVER. Para enviar pagos por correo o si no desea pagar con tarjeta, se deberá enviar o traer un MONEY ORDER a nombre de CONSULATE GENERAL OF CHILE. Por favor abstenerse de realizar transferencias electrónicas, depósitos, envió de cheques personales o cualquier tipo de dinero.

El solicitante debe considerar que este procedimiento en el Consulado puede durar aproximadamente media hora. La asignación, por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, de la nacionalidad y un número de identificación (RUN) puede tomar aproximadamente entre 4 a 6 meses.


INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO O ACUERDO DE UNIÓN CIVIL

Es la inscripción de un matrimonio o Acuerdo de Unión Civil que ha sido celebrado en el extranjero, cuando uno o ambos contrayentes son chilenos y desean que su vínculo sea reconocido conforme a la ley de Matrimonio Civil Chilena o de Acuerdo de Unión Civil, en el Servicio de Registro Civil e identificación de Chile.

1. Enviar por email a [email protected] los siguientes documentos:

  • Certificado de matrimonio apostillado con traducción no oficial al idioma español.
  • Cédula de identidad o pasaporte de los o el/la contrayente chileno, escaneada por ambos lados.
  • Si un contrayente es extranjero, debe presentar su pasaporte vigente.
  • Deben venir ambos en persona.
  • El formulario completado con los datos de la persona que solicita la inscripción.

Durante la inscripción se debe elegir un Régimen Patrimonial: del Matrimonio:  Separación Total de Bienes, Régimen de Sociedad Conyugal o Participación en las Ganancias. En caso que elijan Régimen Patrimonial de Sociedad Conyugal o Participación en los Gananciales, ambos solicitantes deberán firmar ya que es un acuerdo entre ambas partes. Si no manifiestan la elección de un régimen patrimonial, el Régimen Patrimonial será Separación Total de Bienes.

En caso de fallecimiento de uno de los contrayentes, el sobreviviente puede solicitar la inscripción consular, sin opción a elegir el Régimen Patrimonial. Para ello deberá presentar certificado de defunción original del cónyuge fallecido debidamente traducido.

2. Una vez recibida conforme la documentación, se le dará una cita para venir al consulado a firmar la inscripción. Ese día debe traer todos los documentos en original y una copia. Los documentos originales serán devueltos a excepción del Certificado de Matrimonio apostillado que será enviado a Chile para terminar el proceso de inscripción.

El costo de la inscripción es de US $5,00. – (cinco dólares) que se paga con tarjeta de crédito o débito VISA, MASTERCARD o DISCOVER. Para enviar pagos por correo o si no desea pagar con tarjeta, se deberá enviar o traer un MONEY ORDER a nombre de CONSULATE GENERAL OF CHILE. Por favor abstenerse de realizar transferencias electrónicas, depósitos, envió de cheques personales o cualquier tipo de dinero.

El solicitante debe considerar que este procedimiento en el Consulado puede durar aproximadamente media hora. El Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile puede demorar entre 4 y 6 meses en registrar el matrimonio en Chile. La Libreta de Matrimonio deberá ser retirada posteriormente en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile.


INSCRIPCIONES DE DEFUNCIÓN

Es la inscripción en el Servicio de Registro Civil e identificación de Chile, a través del Consulado General de Chile, de la defunción de un ciudadano chileno/a que ha ocurrido en el extranjero con el objeto que se registre para los fines legales correspondientes.

La solicitud de Inscripción Consular de Defunción puede ser presentada por un familiar directo o un tercero. El fallecido debe ser ciudadano chileno de origen o nacionalizado. En el caso de extranjero(a) que se haya casado con chileno(a) en Chile o en el extranjero y el matrimonio haya sido inscrito en algún Consulado Chileno, podrá inscribir la defunción directamente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación en Chile.

Si el fallecido perdió la nacionalidad chilena, el trámite de inscripción debe realizarse en forma directa ante el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile con el certificado de defunción debidamente apostillado ante las autoridades de Estados Unidos.

1. Enviar por email a [email protected] los siguientes documentos:

  • Certificado de Defunción apostillado con traducción no oficial al idioma español.
  • Certificado de Nacimiento del fallecido, Cédula de Identidad o Pasaporte.
  • Certificado de Matrimonio chileno o extranjero en caso de que se trate de una fallecida que haya cambiado o adquirido el apellido del cónyuge.
  • En el caso de que el fallecido(a) sea un menor de edad, se requieren los nombres y apellidos completos de los padres.
  • El formulario completado con los datos de la persona que solicita la inscripción.

2. Una vez recibida conforme la documentación, se le dará una cita para venir al consulado a firmar la inscripción. Ese día debe traer todos los documentos en original y una copia. Los documentos originales serán devueltos a excepción del Certificado de Defunción apostillado que será enviado a Chile para terminar el proceso de inscripción. El solicitante debe presentar su Cédula de Identidad, Pasaporte chileno o extranjero o ID.

El costo de la inscripción es de US $5,00. – (cinco dólares) que se paga con tarjeta de crédito o débito VISA, MASTERCARD o DISCOVER. Para enviar pagos por correo o si no desea pagar con tarjeta, se deberá enviar o traer un MONEY ORDER a nombre de CONSULATE GENERAL OF CHILE. Por favor abstenerse de realizar transferencias electrónicas, depósitos, envío de cheques personales o cualquier tipo de dinero.

El solicitante debe considerar que este procedimiento en el Consulado puede durar aproximadamente media hora. El Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile puede demorar entre 4 y 6 meses en registrar la defunción en Chile.

Consideraciones en caso de traslado de los restos de un familiar o persona a Chile:

  • Certificado de Defunción original, apostillado.
  • Permiso de Tránsito (Transit Permit) otorgado por la autoridad competente, apostillado.
  • Certificado de embalsamamiento o de cremación.
  • Carta otorgada por el servicio crematorio o de la funeraria que embalsamó el cuerpo, que certifique que las cenizas pertenecen a los restos del difunto/a.

 

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