Chilenos en el exterior votarán en Plebiscito Nacional 2020

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Revisa las preguntas frecuentes del proceso:

¿Los chilenos en el exterior pueden votar en el plebiscito del 26 de abril de 2020?

Según la legislación actual, los chilenos en el exterior, mayores de 18 años y que cumplan con los requisitos que señala la ley, están facultados para sufragar desde sus países de residencia en plebiscitos nacionales, primarias presidenciales y elecciones presidenciales.

¿Quiénes pueden votar en el exterior?

Todos los electores que figuren en el Padrón Electoral Definitivo podrán ejercer su derecho a sufragio. Para cada elección se publican dos padrones electorales: un Padrón Electoral para electores que sufraguen en territorio nacional y un Padrón Electoral para los electores que sufraguen en el extranjero.

¿Cómo puedo saber si figuro en el Padrón Electoral Definitivo?

A partir del 27 de enero de 2020, puedes revisar tus datos electorales en consulta.servel.cl. Encontrarás tu Circunscripción Electoral, Mesa Receptora de Sufragios y país en el que votas.

¿Qué debo hacer si no están correctos mis datos electorales?

Desde el martes 28 de enero de 2020, comienza el plazo de diez días para reclamaciones al Padrón Electoral Auditado, ante el Tribunal Calificador de Elecciones.

¿Cuándo se publica el Padrón Electoral Definitivo?

El 26 de febrero de 2020, se publicarán los padrones electorales definitivos y se determinarán las mesas receptoras de sufragios.

¿Qué se vota en el Plebiscito Nacional de abril 2020?

En el Plebiscito Nacional, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: "¿Quiere usted una Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión "Apruebo" y la segunda, la expresión "Rechazo", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: "¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión "Convención Mixta Constitucional" y la segunda, la expresión "Convención Constitucional". Bajo la expresión "Convención Mixta Constitucional" se incorporará la oración: "Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio". Bajo la expresión "Convención Constitucional" se incorporará la oración: "Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Más información en sitio web de SERVEL.