Autorización a menores para viajar

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La autorización se puede hacer de dos maneras:

  1. En un Consulado, presentando certificado de nacimiento del menor para demostrar que usted es el padre/madre e identificación vigente.
  2. Autorización a través de la Apostilla. Bajar y completar el siguiente formulario, firmarlo ante notario y luego llevarlo al Secretario de Estado para obtener la Apostilla: Autorizacion a traves de Apostilla (PDF) (Este documento no pasa por el Consulado).

Observaciones

Si el padre o madre no tiene donde ubicar al cónyuge debe solicitar la autorización en el Juzgado de Menores, legalizar en la Corte Suprema (Compañía 1140, Santiago), en Ministerio de Justicia (Moneda 1155, Santiago) y finalmente, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Agustinas 1320, Santiago)

A contar del 1° de febrero del 2008, no es necesario legalizar ante este Ministerio las autorizaciones notariales de viaje para menores que salgan del país sin sus padres o tutor legal, excepto si el menor se va a radicar en el extranjero.

Se recomienda consultar a los respectivos consulados extranjeros, previo al viaje del menor, las exigencias e información de interés del país que se va a visitar.

Importante: En los casos de las autorizaciones de viaje a menores otorgadas o legalizadas ante los Consulados de Chile, sigue vigente la obligación de su legalización ante este Ministerio, Agustinas 1320, Santiago.