Acuerdo de cooperación en Defensa suscribieron Gobiernos de Italia y Chile
En una breve visita oficial a Italia, el Ministro de Defensa de Chile, Jorge Burgos, suscribió el viernes 25 de julio un nuevo Acuerdo de Cooperación en el sector de la Defensa, con la Ministra italiana Roberta Pinotti, de duración indefinida y más amplio que el anterior entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana, vigente hasta el año 2011.
En la ceremonia acompanaron al Ministro Burgos el embajador Fernando Ayala y el Subsecretario de Defensa, Marcos Robledo.
La finalidad de este Acuerdo es fomentar, facilitar y desarrollar la cooperación en el sector de la Defensa, a través de las relaciones entre sus respectivos Ministerios de Defensa y Fuerzas Armadas.
Tanto la Ministra Pinotti como el Ministro Burgos, destacaron la importancia de que este acuerdo le da un marco de Gobierno a Gobierno a la relación entre las Fuerzas Armadas de ambos países y especialmente a los vínculos entre la industria de materiales de defensa y las ramas de las Fuerzas Armadas.
El Ministro de Defensa Jorge Burgos, subrayo el especial interés de Chile por compartir la experiencia de Italia en Operaciones de Paz y en conocer en detalle como abordaron las tareas conjuntas de las Fuerzas Armadas en tiempo de paz y en crisis.
El Acuerdo contempla la cooperación en una diversidad de ambitos- pero sin limitarse a ellos- tales como Políticas de seguridad y de defensa; Investigación y desarrollo, apoyo logístico y adquisición de bienes y servicios para la Defensa; Operaciones humanitarias y de mantenimiento de la paz; Organización de las Fuerzas Armadas, organigramas y equipos relacionados con unidades militares, gestión del personal; Organización y empleo de las Fuerzas Armadas; Cuestiones ambientales y de la contaminación causada por las actividades militares; Enseñanza y adiestramiento militar; Sanidad militar; Desminado humanitario; Cooperación cívico militar en caso de catástrofes naturales; Industria Militar y Justicia Militar y derecho de los Conflictos Armados y de Operaciones de Paz.
Asimismo incluye el abastecimiento de materiales en que las respectivas fuerzas armadas tienen interés, lo que podrá ser implementado a través de operaciones directas entre Estados, o por medio de empresas privadas autorizadas por los respectivos Gobiernos.