Solicitud de Pensión de Sobrevivencia IPS
Consiste en la tramitación de la Solicitud de Pensión de Sobrevivencia efectuada por la madre de un hijo de filiación no matrimonial de un ex imponente o pensionado fallecido.
¿En qué consiste?
Es la tramitación de un beneficio previsional en favor de la madre de el o los hijos(as) de filiación no matrimonial. El art. 24 de la Ley Nº 15.386 y su Reglamento el DS Nº 195 de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, regulan el derecho a pensión de montepío a la madre de los hijos de filiación no matrimonial de imponente fallecido, cumpliendo con los requisitos de haber sido soltera o viuda al momento del fallecimiento y de haber vivido a expensas de éste.
¿Dónde se realiza?
En los Consulados de Chile
Requisitos
- Solicitud Única de Beneficios Previsionales
- Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil chileno (SNRCeI)
- Certificado de Nacimiento de ambos (causante y solicitante)
- Certificado de Nacimiento de el o los hijos en común (que indique nombre de los padres)
- Fotocopia de la Cédula de Identidad del causante y del beneficiario, legalizada por el Consulado.
- Declaración Jurada de Convivencia y de haber vivido a expensas del causante, legalizada por el Consulado.
- Fotocopia de Liquidación de Pago o Certificado de Imposiciones
- Ficha para Remesa del Beneficio
- Certificado Bancario de la cuenta del solicitante (Emitida y firmada por el Banco, que indique: Cuenta de titularidad del beneficiario, tipo y número de cuenta, nombre del Banco, domicilio del Banco, Sucursal, códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU, según corresponda)
- Formulario de Antecedentes Bancarios
¿A quién está dirigido?
A la(s) madre(s) de hijos(as) de filiación no matrimonial del causante.
Producto
Obtención del Beneficio de Pensión de Sobrevivencia IPS
Costo
No tiene costo
IMPORTANTE:
Es preciso destacar que cada una de las ex – Cajas fusionadas en el actual IPS, tienen según su normativa particular, distintas exigencias respecto de los requisitos para obtener el derecho a Pensión de Viudez. Por ejemplo en algunas de las ex – Cajas de Previsión, el viudo inválido podrá tener derecho a este beneficio. Para conocer información detallada sobre los requisitos correspondientes a las distintas ex – Cajas fusionadas en el IPS visite el siguiente link: IPS
Los receptores de una pensión o beneficio del Instituto de Previsión Social, residentes en Argentina o Suecia podrán prescindir de la presentación de los requisitos: "Certificado Bancario y Formulario de Antecedentes Bancarios" exigido para el pago de su beneficio en el exterior y solicitar que sean remitidos a través de la empresa Western Unión, lo que deberán hacer presente ante el Consulado donde efectúen la solicitud de beneficio correspondiente.